La FFCV lo recuerda: sin delegados en fútbol base, el partido se suspende

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La Federación de Fútbol de la Comunitat Valenciana (FFCV) emitió en las últimas horas una Carta Circular como recordatorio a la Circular 10, sobre Competiciones de Fútbol-8, con la figura de los delegados de equipo y de campo como punto de interés.

Así, recuerda que en competiciones de fútbol-8 (Prebenjamín, Benjamín y Alevín) y fútbol-11 (Infantil, Cadete y Juvenil) en las que participen menores de edad, es fundamental y obligatoria la presencia de un delegado o persona vinculada al club que ejerza tal función, preferiblemente con licencia ‘D’ o cualquier otra licencia, quien acompañará y representará al equipo en los partidos oficiales. El incumplimiento de esta disposición obligará al árbitro a decretar la suspensión del encuentro.

De igual manera, en las categorías Aficionados (fuera de las competiciones de fútbol base), la norma se mantiene y, además, añade la obligatoriedad de que haya un delegado de campo para el conjunto que actúe como local. En caso negativo, de nuevo, el árbitro se verá obligado a suspender el choque.

La nota de la FFCV también reiteró el procedimiento a seguir en caso de que algún equipo no presente la licencia federativa de algunos de sus componentes ni aparezca en la base de datos del sistema Fénix, y la obligatoriedad de inscribir a un entrenador titulado en las categorías Preferente, Primera Regional, Preferente Juvenil y Autonómica Cadete e Infantil (en el resto, este requerimiento es opcional).

Índice: todas las Circulares oficiales de la FFCV en la temporada 2016-2017

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